“La modificación en el Impuesto a las Ganancias es una herramienta que apuntala la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores. Los cambios se suman a las distintas medidas impulsadas por el Gobierno para fortalecer el proceso de recuperación económica”, sostuvo la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
La Resolución General N° 5076 de la AFIP reglamenta el Decreto 620/2021 que actualizó los valores de la deducción especial para promover que el Impuesto a las Ganancias no neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida por el Gobierno en orden a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los salarios y fortalecer la demanda interna.
De acuerdo a la normativa de la AFIP, cuando un empleador o empleadora hubiera realizado la liquidación de los haberes devengados en septiembre con anterioridad al dictado la normativa, la devolución del saldo a favor del trabajador o la trabajadora deberá realizarse en el primer pago que se le realice.
Impuesto a las Ganancias: los cambios
La normativa también contempla que las personas con remuneraciones mensuales entre $175.000 y $203.000 brutos afronten una menor carga tributaria.
La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del segundo semestre no supere los $175.000.
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